
En Colombia solo puedes cambiar tu nombre una vez en la vida mediante escritura pública ante notario. Esto está regulado por el Decreto 999 de 1988, que permite modificar el nombre por una sola vez sin necesidad de abogado ni de proceso judicial.
Necesitas presentar tu cédula de ciudadanía vigente, el registro civil de nacimiento y llenar el formulario de solicitud en la notaría. Si eres menor de edad, también deben estar presentes los padres o representante legal con sus respectivos documentos.
El costo varía según la notaría, pero generalmente oscila entre $50,000 y $150,000 pesos colombianos por los derechos notariales. No se requiere abogado, lo que hace que el trámite sea bastante económico comparado con un proceso judicial.
Sí. La Corte Constitucional ha reconocido el derecho a cambiar el nombre, sexo y foto en los documentos de identidad por razones de identidad de género mediante la Sentencia T-063 de 2015 y el Decreto 1227 de 2015, también por trámite notarial.

Una vez realizado el cambio en el registro civil, deberás actualizar tu cédula de ciudadanía ante la Registraduría Nacional del Estado Civil, así como otros documentos como pasaporte, libreta militar, diplomas y contratos. El proceso de actualización puede tomar algunas semanas.
El Decreto 999 de 1988 permite cambiar el nombre (primer y segundo nombre), pero no los apellidos. Para modificar los apellidos se requiere un proceso judicial ante un juez de familia, que es un trámite distinto y más complejo.
Puedes acudir a cualquier notaría del país, no tiene que ser la del lugar donde naciste. Sin embargo, si tu registro civil está en otra ciudad, la notaría puede requerir que el cambio se anote en la notaría o el registro correspondiente de tu lugar de nacimiento.

El trámite notarial generalmente se realiza en el mismo día o en pocos días hábiles una vez presentados todos los documentos. La escritura pública se otorga de inmediato y la notificación al registro civil puede tomar hasta 30 días adicionales.
Sí. Los padres pueden solicitar el cambio de nombre de sus hijos menores ante notaría, siempre que ambos progenitores estén de acuerdo. Se requiere la presencia de ambos padres con sus documentos y el registro civil del menor.
Cuéntanos en el chat cuál es tu situación — qué nombre deseas adoptar y cuáles son tus razones — y te ayudamos a entender el proceso completo, los documentos que necesitas y cómo redactar la solicitud para presentar ante la notaría.

Cuéntanos tu situación y preparamos los documentos para tu trámite notarial.